Derechos y Obligaciones

Derechos

1. Utilizar las instalaciones y servicios universitarios con arreglo a las normas que regulen su funcionamiento (Art 70.h. del Decreto 208/2004 de 8 de octubre por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad Miguel Hernández de Elche)

2. A ser tratado con respeto y deferencia (Art.35 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de régimen jurídico de las administraciones públicas y del Procedimiento administrativo común.)

3. Las personas usuarias del Servicio Técnico de Apoyo a la Docencia e Investigación tienen reconocido su derecho a formular sugerencias y quejas sobre el funcionamiento de los servicios prestados. Pueden realizarlas a través del Buzón de Sugerencias, habilitado a tal efecto.

4. Cumplimiento de las medidas de prevención que en cada caso sean adoptadas. (Art.29 de la ley de prevención de riesgos laborales.)

5. Uso adecuado de acuerdo con su naturaleza y los riesgos previsibles de las máquinas, aparatos, herramientas, sustancias peligrosas, equipos de transporte y, en general, cualquier otro medio para el desarrollo de su actividad. (Art.29 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.)

Obligaciones de los usuarios

1. El respeto a la intimidad, dignidad en el trabajo y a la no discriminación. (Art. 14 del Estatuto del Empleado Público aprobado por ley 7/2007 de 12 de abril)

2. Respetar el patrimonio de la Universidad, así como hacer un uso correcto de sus instalaciones, bienes y recursos. (Art 69.d. del Decreto 208/2004 de 8 de octubre por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad Miguel Hernández de Elche)

3. Cumplir las medidas de prevención que en cada caso sean adoptadas (Art.29 de la ley de prevención de riesgos laborales)

4. Uso adecuado de acuerdo con su naturaleza y los riesgos previsibles de las máquinas, aparatos, herramientas, sustancias peligrosas, equipos de transporte y, en general, cualquier otro medio para el desarrollo de su actividad. (Art.29 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales)